¿Cuál es el fundamento legal del SIEM?


Artículo 30 de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de Enero de 2005: Todos los Comerciantes e Industriales, sin excepción y obligatoriamente, deberán de registrar y actualizar anualmente cada uno de sus establecimientos en el SIEM.

No será obligatorio para: (Exclusiones)

Todos aquellos comerciantes e industriales que no se encuentren establecidos y que no estén sujetos a un régimen fiscal.

Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones
Reglas de Operación SIEM 2008 (Vigentes)

¿Cuáles son los objetivos del SIEM?

Constituirse en la base común de información para los programas de promoción de la Secretaría de Economía.
Consolidarse como el sistema central de información empresarial de cobertura nacional, así como en un vinculo de información con sistemas externos, tanto nacionales como extranjeros.
Integrarse en una base de datos de cobertura nacional y de fácil acceso.
Propiciar la oportuna difusión e intercambio de la información contenida en el mismo.
Mantener al país dentro de los adelantos técnico-informático al servicio de los promotores de la actividad económica del país.
Apoyar la generación de estudios estadístico-económico.
Ser un sitio de consulta de información empresarial para promoción de negocios.
Constituirse como un centro virtual de negocios, en promoción de la micro, pequeñas y medianas empresas.

¿Cuánto debo pagar?


Tarifas para industria (cuotas máximas)

   6 o más empleados

$ 670

   3 a 5 empleados

$ 350

   Hasta 2 empleados

$ 150

Tarifas para comercio y servicios (cuotas máximas)

   4 o más empleados

$ 640

   3 o menos empleados

$ 300

   Hasta 2 empleados (solamente ciertas actividades)

$ 100

 

 


 

Más información:
Jefatura de Afiliación
Tel. 414-6220, 01 800 400 09 43
afiliacion@cmicdelegacionchihuahua.org

 
CMIC Delegación Chihuahua, Tel. (614) 414 62 20, lada sin Costo: 01800 400 09 43.